Duda sobre agente de la autoridad
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Duda sobre agente de la autoridad
Hola, soy funcionario en un pequeño Ayuntamiento de la comunidad de castilla y leon, mi puesto es el de alguacil municipal, en el Ayuntamiento no existe policia local. Pues bien, mi pregunta es si durante el ejercicio de mis funciones, soy agente de la autoridad. Gracias.
ddarmn- Novato

- Cantidad de envíos: 1
Fecha de inscripción: 09/10/2008
Agente de la Autoridad
Hola compañero bienvenido al foro, mientras no allá policía tu serás agente de la autoridad en el ejercicio de tus funciones y más si eres funcionario
Un saludo

AnToNio.F- Administrador

- Cantidad de envíos: 108
Fecha de inscripción: 13/09/2008

Re: Duda sobre agente de la autoridad
el requisito minimo es ir uniformado, si no es asi, nada,y si es asi pues casi seguro que si y mas siendo funcionario.
vigmartorelles- Novato

- Cantidad de envíos: 10
Fecha de inscripción: 20/09/2008
Edad: 28
Localización: Martorelles
Re: Duda sobre agente de la autoridad
Contundentemente sí, si no hay policia local, como comentó el compañero AnToNio, y máxime si eres funcionario, las Leyes de Coordinación lo dejan claro en cuanto a ese tema, de ahí que se puedan denunciar infracciones de tráfico apoyados por la presunción de veracidad y estar amparados legalmente como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, y esto es importante, a mi ya me pasó denunciar a individuos por falta de respeto a un agente de la autoridad o por alteración del orden, a la subdelegación de gobierno , por la 1/91
Piki- Novato

- Cantidad de envíos: 14
Fecha de inscripción: 15/11/2008
Re: Duda sobre agente de la autoridad
perdón LEY 1/1992
Piki- Novato

- Cantidad de envíos: 14
Fecha de inscripción: 15/11/2008
Re: Duda sobre agente de la autoridad
No es tan claro lo de ser agente de la autoridad. Es cierto que los funcionarios tienen un caracter de autoridad en las funciones que desarrollan, pero de hay a considerar el caracter de agente de la autoridad como el de un policia, es cuando menos discutible.
Todo depende de la ley de coordinaacion de policias de cada comunidad autonoma, ya que en algunas se recoge espresamente este caracter y en otra no se menciona.
Puede haber casos que el juez o la administración te considere que en una actuación has actuado como tal agente de la autoridad, pero si no viene recogido expresamente, en otras ocasiones te pueden decir lo contrario, según les convenga, de hecho hay sentencias en las que no se reconoce el caracter de agente de la autoridad, pues no se recoge expresamente en la ley. Esto es una de las incongruencias de la ley, que la unica forma de solucionar sería el recogerlo en la propia ley, y así no habría ninguna duda.
Ya se que este asunto es un debate muy dificil y con posturas encontradas, pero no se llega a niguna solución si no se refleja en la ley.
Todo depende de la ley de coordinaacion de policias de cada comunidad autonoma, ya que en algunas se recoge espresamente este caracter y en otra no se menciona.
Puede haber casos que el juez o la administración te considere que en una actuación has actuado como tal agente de la autoridad, pero si no viene recogido expresamente, en otras ocasiones te pueden decir lo contrario, según les convenga, de hecho hay sentencias en las que no se reconoce el caracter de agente de la autoridad, pues no se recoge expresamente en la ley. Esto es una de las incongruencias de la ley, que la unica forma de solucionar sería el recogerlo en la propia ley, y así no habría ninguna duda.
Ya se que este asunto es un debate muy dificil y con posturas encontradas, pero no se llega a niguna solución si no se refleja en la ley.
Keloti- Novato

- Cantidad de envíos: 6
Fecha de inscripción: 26/01/2009
Re: Duda sobre agente de la autoridad
En Catalunya somos agentes de la autoridad en las funciones del articulo 13 de la Ley 16/1991 de policias locales de Catalunya.
Funciones del articulo 13:
-Ordenar y regular el tráfico en el núcleo urbano
-velar por el cumplimiento de ordenanzas, bandos, decretos, edictos y resoluciones municipales.
-Participar en funciones de auxilio al ciudadano i de proteccion civil.
Referente en proteccion a nuestra integridad, tenemos proteccion ante: -Agression (Atemtado contra la autoridad), faltas y delitos de desobediencia i resistencia.
Funciones del articulo 13:
-Ordenar y regular el tráfico en el núcleo urbano
-velar por el cumplimiento de ordenanzas, bandos, decretos, edictos y resoluciones municipales.
-Participar en funciones de auxilio al ciudadano i de proteccion civil.
Referente en proteccion a nuestra integridad, tenemos proteccion ante: -Agression (Atemtado contra la autoridad), faltas y delitos de desobediencia i resistencia.

1017- Novato

- Cantidad de envíos: 6
Fecha de inscripción: 05/12/2008
Re: Duda sobre agente de la autoridad
Hola yo soy vigilante en un publo de Cataluña, entonces podemos denunciar a alguien que ponga resistencia o no cumpla lo que le decimos??
Podemos quitar puntos del carnet de conducuir, si hacen alguna infraccion que trafico ....
Me gustaria saver un poco hasta hasta donde podemos llegar los vigilantes en Cataluña, y nuestras actuaciones .
Gracias
Podemos quitar puntos del carnet de conducuir, si hacen alguna infraccion que trafico ....
Me gustaria saver un poco hasta hasta donde podemos llegar los vigilantes en Cataluña, y nuestras actuaciones .
Gracias
soder- Novato

- Cantidad de envíos: 2
Fecha de inscripción: 02/11/2009
Re: Duda sobre agente de la autoridad
primero deverias mirarte la ley donde habla y expone las funciones de el vigilante municipal, segundo hablar con tu ayuntamiento y que te dejen claras las funciones que quieren que realices, y en cuanto a lo de multar y denunciar claro que puedes hacerlo, pero si no conoces bien tus funciones ni las leyes mira de no complicarte demasiado y cuando actues ante un ciudadano o un acto delictivo que actues sobre seguro, de lo contrario puedes salir perdiendo tu, la ley es la 16/1991 de 10 de julio y habla de nosotros en el punto 13. espero haberte ayudado,

agente 1003- Novato

- Cantidad de envíos: 49
Fecha de inscripción: 15/10/2008
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