armas de fuego

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armas de fuego

Mensaje por eulalio el Vie 26 Sep 2008 - 7:50

Hola compañeros llevo como vigilante municipal casi 7 años, en andalucia, llevo todo este tiempo intentando portar armas, pero hasta ahora me ha sido imposible, y todo por la cantidad de lagunas y contraciones legales que existen entorno a este puesto de trabajo. Me preguntaba es si alguno de vosotros portais armas, ya que tengo entendido que en ayamonte e isla cristina si las llevan; y aprovechando, me gustaria saber si alguno de vosotros realizo el curso en la academia. Gracias

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Armas

Mensaje por AnToNio.F el Vie 26 Sep 2008 - 11:10

Hola lo primero darte la bienvenida!!

Bueno a tu pregunta, pues si en Isla Cristina llevan armas pero no todos, solo las llevas los más antiguos que están anterior a la ley de cuerpos y fuerzas de seguridad, portan un revolver del 38, hace algún tiempo realice una consulta a la Guardia Civil para ver si se nos puede autorizar a portar armas y me contestaron, que si el ayuntamiento quiere si, pero que deberíamos sacarnos la licencia tipo B y que para conseguirla tendríamos que fundamentar para que la queremos y si es necesario para nuestro servicio, si esa explicación les convence te autorizan, tenía un escrito de ellos pero lo he perdido, ahí venia mejor explicado, de todas formas voy hacer gestiones haber que consigo. Por cierto en Ayamonte ya no llevan armas, ahora los quitaron de la Policía y les han puesto Vigilantes de Entorno. Un Saludo

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Mensaje por AnToNio.F el Vie 26 Sep 2008 - 12:08

Bueno pues he estado haciendo las gestiones con Intervención de Armas de la Guardia Civil y me dicen que SI podemos portar armas, pero que lo tiene que solicitar el Ayuntamiento al Director General de la Guardia Civil y que solo se pueden portar para el servicio, luego deberán guardarse en su correspondiente armero, que lo deberá de dotar el Ayuntamiento.

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Re: armas de fuego

Mensaje por eulalio el Vie 26 Sep 2008 - 12:15

Gracias, seria interesante disponer de dicho documento. En cuanto al tema de la academia, realizaste el curso en la espa? a mi me lo han denegado varias veces. y eso que la ley dice claramente que debes superar el correspondiente curos en la espa (ley 13/2001 de coordinacion de policias locales en andalucia)

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Mensaje por AnToNio.F el Vie 26 Sep 2008 - 12:25

Conozco de compañeros que si realizaron el curso en la E.S.P.A pero hace ya bastante tiempo, supongo que si el Ayuntamiento la solicita te tendrán que mandar a superar el curso, no sería lógico por parte del Ayto que le diera un arma a nadie sin tener un mínimo de conocimiento y práctica. De todas formas seguiré con las gestiones y con lo que averigüe nuevo os informo.-

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Re: armas de fuego

Mensaje por angel nocturno el Miér 15 Oct 2008 - 14:22

Buenas tardes compañer@s, esto de portar armas es una gran responsabilidad, yo tengo la licencia,no desde el puesto de vigilante local, sino de guarda de campo que tambien soy en la epoca de caza, que llebava una carabina del 9mm parabelum, pero son muchos dolores de cabeza.
Mi opinion es no llevar arma, somos vigilantes no policias, y a mas por lo que cobramos ¿vale la pena?

salut

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Re: armas de fuego

Mensaje por vigmartorelles el Dom 19 Oct 2008 - 5:46

hola yo antes era escolta y estube a puntito de volarle la cabeza a un niño que tiraba piedras a los coches mientras iva con un vip, por suerte para mi conciencia tube reflejos y no paso nada.
con esto digo que un arma no es una tonteria y lo peor es que te la roben, algo mas comun de lo que parece.
por cierto en cataluña la ley deja clarito que los vigilantes no pueden llevar arma de fuego, aunque conozco a uno de lerida que anda con un fusil de dotacion!

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Re: armas de fuego

Mensaje por agente 1003 el Miér 22 Oct 2008 - 18:28

la verdad es que es una verguenza que tengamos que realizar todo tipo de intervenciones y desarmados, cuando la delincuencia actual en españa son cacos con pipa, pero bueno es lo que hay

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Re: armas de fuego

Mensaje por AnToNio.F el Jue 23 Oct 2008 - 22:53

Bueno señores, ya en mi Municipio ningún Vigilante lleva pistola, las Autoridades del Ayuntamiento han decidido que no la tenemos que llevar por qué no la necesitamos, aparte de que le comieran la cabeza los "PL", en fin pues a tomar por .... Si es que en vez de ir a mejor retrocedemos como los cangrejos No

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armas

Mensaje por Piki el Sáb 15 Nov 2008 - 3:19

Nosotros no llevamos armas de fuego, aunq sí espray , defensa, grilletes , guantes anti.C, y una multiusos muy maja, aparte de un trunking digital Sirdee como los de la nacional, que te comunica con la central de emergencias o cualquier otro cuerpo de seguridad cercano que necesites. La ley de coordinación establece que no se puede llevar armas de fuego, pero se de compañeros que si se la autorizaron con el visto bueno del Alcalde y de clase B, motivándo que son agentes de la autoridad tal y como dice la ley ..... y para salvaguardar su integridad física y de terceras personas..blabla bla.. y sí que se la conceden.

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para antonio

Mensaje por agente 1003 el Vie 28 Nov 2008 - 14:09

compañero antonio me gustaria que me contestes una pregunta, sabes si como vigilante local puedes llevar una taser ( pistola de descarga ) sin tener ningun problema legal ??

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Taser

Mensaje por AnToNio.F el Vie 28 Nov 2008 - 15:16

agente 1003 escribió:compañero antonio me gustaria que me contestes una pregunta, sabes si como vigilante local puedes llevar una taser ( pistola de descarga ) sin tener ningun problema legal ??


Pues precisamente se lo propusimos al Ayuntamiento hace tiempo atrás y no quisieron, es mas cuando se lo pensaron dijeron que lo tendríamos que pagar nosotros, el ayuntamiento tiene potestad para autorizarte a llevar el taser, te lo tendrían que dotar y tendrías que hacer el curso correspondiente, otra cosa te hacen probarlo en tu cuerpo para que sepas como es el daño que puede causar, si el ayuntamiento te lo autoriza lo llevas sin problemas, lo malo es que los Ayuntamiento son muy reacios a autorizar este tipo de armas y mas sin ser Policías, Un Saludo.-

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para antonio f

Mensaje por agente 1003 el Vie 28 Nov 2008 - 19:41

vale muchas gracias por la aclaracion un saludo

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Re: armas de fuego

Mensaje por PABLOHM75 el Mar 30 Dic 2008 - 9:02

hola a todos, en la ley de coordinacion de PL de andalucía no dice nada al respecto, como en otros temas. En mi caso y de mi compañero no llevamos ningún tipo de defensa ni grilletes ni nada. Creo que estamos desamparados por la Ley y los Ayuntamientos racanean Hasta en un tema tan importante como es nuestra seguridad y la de los demás, un saludo.

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Re: armas de fuego

Mensaje por michel el Mar 27 Ene 2009 - 12:30

AQUI EN CASTILLA Y LEON NO NOS DEJAN LLEVAR ARMAS DE FUEGO, ANTES SI Q LO LLEVABA MI COMPAÑERO Q LLEVA AQUI MAS DE 20 AÑOS.
NO CREO QUE LA PIDAMOS Y NOS LA DEN PERO SI ALGO PARA NUESTRA DEFENSA Y LA DE TERCERAS PERSOAS AUNQUE SEAMOS UN PUEBLO MUY TRANKILO

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armas de fuego

Mensaje por goloso191 el Mar 31 Mar 2009 - 23:27

Bueno, voy a dar mi punto de vista respecto a este tema, puesto que como me he presentado en este foro he prestado servicio de policia durante 20 años y mi mujer es vigilante.

En primer lugar, tenemos que difereciar que son dos figuras distintas y que estamos en España, y no EEUU que puede portar arma todo aquel que lo desee....

En Andalucia la Ley de Coordinacion de policias locales define la figura de Vigilante Municipal, pero no la de Vigilante que eso es otro tema a discutir, ya que en poblaciones hay vigilates, que realizan funciones de vigilantes municipales sin tener por qué hacerlas,..., pero en fín...., y todo lo demás que nos se recoja en la Ley de Coordinación nos tenemos que remitir a la Ley Organica 2/86 de Cuerpo y Fuerzas de Seguridad.

Para portar armas, EXISTE un Reglamento que regula el mismo, clasifica sus clases, condiciones, etc.

Los vigilantes municipales, funcionarios, y con su respectiva licencia si pueden portarla
Los viglantes, laborales, sin licencia.....claro esta que NO.
Los vigilante Jurados, solo en caso, de ciertos servicios, CUSTODIA MONETARIA, Y OTROS ANALOGOS, y estos si han realizado el juramente de cargo.... porque si no.... tampoco.
Un vigilante, que realize funciones de vigilante municipal, nunca le daran la potestad de portad armas, a no se que se le destine a un servicio muy especificio.

El portar armas tampoco supone tener caracter de Agente de Autoridad.

Y por experiecia,,,,,, tal como está regulada la ley in Spain.....mejor no portarla.
Tienes que reunir muchisimo requisitos para hacer uso de ella, aunque peligre tu propia integridad fisica. Eso se ve en los Juicios, que son de vista pública. Asistir a ellos y lo comprobareis.

De todas formas la polica nunca se puede negar a portar armamento, puesto que va implicito en su cargo.

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Re: armas de fuego

Mensaje por baboy el Lun 18 Mayo 2009 - 20:48

angel nocturno escribió:Buenas tardes compañer@s, esto de portar armas es una gran responsabilidad, yo tengo la licencia,no desde el puesto de vigilante local, sino de guarda de campo que tambien soy en la epoca de caza, que llebava una carabina del 9mm parabelum, pero son muchos dolores de cabeza.
Mi opinion es no llevar arma, somos vigilantes no policias, y a mas por lo que cobramos ¿vale la pena?

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Re: armas de fuego

Mensaje por baboy el Mar 19 Mayo 2009 - 16:24

buenas de nuevo, estoy de acuerdo contigo pero parcialmente, aunque no te voy a negar que no soy un jurista por lo que me puedo equivocar plenamente, te cuento: la ley 2/86 menciona la figura del vigilante municipal, que curiosamente no lo denomina asi como veras, y dice literalmente el citado cuerpo legal:
.."En los municipios donde no exista policía municipal, los cometidos de ésta serán ejercidos por el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogos..."
como veras esa adaptacion les convierte inherentemente en agentes de la autoridad, y eso que la referida ley no se para a cuestionar la situacion administrativa de dichos vigilantes, agentes, alguaciles o analogos, pero evidentemente deben de ser funcionarios de carrera habiendo superado el curso pertinente en la espa en andalucia por ejemplo.
otro cantar es lo que ocurre en muchos municipios en los que son vigilantes de contrato laboral, los que asumen, usurpan, o como quieras llamarlo las funciones de los vigilantes municipales, porque no nos olvidemos de un detalle, y es que el cuerpo de policia local no esta creado en esos municipios, y eso es un abuso, por parte de los politicos, y una situacion cuanto menos irregular que puede terminar en alguna sentencia no deseada contra estos vigilantes, que a fin de cuentas seran responsables de sus actos, siempre y cuando no se demuestre que cumplian ordenes y como trabajadores que son y no funcionarios, se acogen a la obligacion de obediencia debida a las ordenes del jefe, segun establece el estatuto de los trabajadores, (y de eso si se algo que me he tirado 10 años de rèpresentante sindical ).respecto a otro caso cuando mencionaba lo de la autoridad, no me referia a ser agentes de la autoridad con todo lo que ello representa pero si, que un funcionario es una autoridad eso es asi nos guste o no, y la prensa nos ilustra diariamente, por ejemplo:.. un profesor de un instituto publico que es agredido y sus agresores se le condena por delitos a una autoridad, o quien no recuerda los bomberos que fueron apedreados por llegar tarde a un incendio en unas viviendas de una zona marginal de sevilla y las personas que fueron identificadas fueron juzgadas y condenadas por agredir a una autoridad.
evidentemente un funcionario de correos no te va a multar por no poner el sello, pero a lo mejor si se le agrede la condena es mayor por ser quien es , un funcionario publico, es mas mi primo es director del servicio de vigilancia aduanera en madrid ( ellos son agentes de la autoridad y no aparecen en la 2/ 86) y antes estuvo en instituciones penitenciarias y ya obstentaba ese caracter de autoridad, y siempre en el desempeño de sus funciones...pero como te decia estimado compañero yo no soy un as de la ley y tal vez tu puedas arrojar un poco de luz a toda esta oscuridad.

un abrazo

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Re: armas de fuego

Mensaje por baboy el Mar 19 Mayo 2009 - 16:32

Piki escribió:Nosotros no llevamos armas de fuego, aunq sí espray , defensa, grilletes , guantes anti.C, y una multiusos muy maja, aparte de un trunking digital Sirdee como los de la nacional, que te comunica con la central de emergencias o cualquier otro cuerpo de seguridad cercano que necesites. La ley de coordinación establece que no se puede llevar armas de fuego, pero se de compañeros que si se la autorizaron con el visto bueno del Alcalde y de clase B, motivándo que son agentes de la autoridad tal y como dice la ley ..... y para salvaguardar su integridad física y de terceras personas..blabla bla.. y sí que se la conceden.

hola compañero:
me ha interesado mucho lo del trunking digital sirdee, tengo algunas preguntas aver si eres tan amable de aclararmelas, veamos ese pocket quien lo compro? el ayuntamiento ? respecto a las frecuencias como es que os comunica con emergencias? con el 112 ? entonces estais dentro de alguna malla policial..? es que no lo he entendido, en nuestro municipio, no tenemos policia local, pues no esta creado el cuerpo, y trabajamos conjuntamente con guardia civil, es una situacion similar en tu municipio?
muchas gracias de antemano

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