DECRETO 250/2007, de 25 de septiembre, por el que se establece la uniformidad de las Policías Locales y los Vigilantes Municipales de Andalucía
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DECRETO 250/2007, de 25 de septiembre, por el que se establece la uniformidad de las Policías Locales y los Vigilantes Municipales de Andalucía
Pequeño Resumen
El personal Vigilante Municipal en el ejercicio de las funciones atribuidas a los miembros de los Cuerpos de la Policía Local (Cuando no este creado el cuerpo de Policía Local), vestirá la uniformidad que para dicho colectivo se establece en el artículo 12 del presente Decreto.
Artículo 12. Uniformidad del colectivo de Vigilantes Municipales.
Se establece como uniformidad del personal Vigilante Municipal, incluyendo al que se encuentre en situación a extinguir ( "Cuando en un Municipio que solo había Vigilantes Municipales se acaba de crear el cuerpo de Policía Local" ), el conjunto de prendas que componen la uniformidad básica descritas para los Cuerpos de la Policía Local.
El uniforme básico en la modalidad de invierno lo integra las siguientes prendas:
1. Personal masculino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga.
Corbata.
Calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los
grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria.
2. Personal femenino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón y falda pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga
Corbata.
Medias-panty y calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los
grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria
Artículo 9. Modalidad de verano.
El uniforme básico en la modalidad de verano comprende las mismas prendas que la uniformidad de invierno, excepto:
Guerrera, cazadora, jersey o suéter polar, medias y corbata. La camisa de manga larga se sustituirá por la de manga corta, el polo de manga larga por el de manga corta, el pantalón o falda pantalón de invierno por el de verano y el chaquetón por el peto reflectante
Para el personal vigilante municipal queda suprimido el uso de la placa
El personal vigilante municipal llevará hombreras de color verde. La persona que ostente la jefatura de la unidad de Vigilantes Municipales llevará en las hombreras un galón color plata. Las hombreras podrán incorporar el emblema o escudo municipal correspondiente.
Para ver Decreto completo aquí esta el link: http://www.sip-ma.es/descargas/novedades/2007/novedades06.pdf
El personal Vigilante Municipal en el ejercicio de las funciones atribuidas a los miembros de los Cuerpos de la Policía Local (Cuando no este creado el cuerpo de Policía Local), vestirá la uniformidad que para dicho colectivo se establece en el artículo 12 del presente Decreto.
Artículo 12. Uniformidad del colectivo de Vigilantes Municipales.
Se establece como uniformidad del personal Vigilante Municipal, incluyendo al que se encuentre en situación a extinguir ( "Cuando en un Municipio que solo había Vigilantes Municipales se acaba de crear el cuerpo de Policía Local" ), el conjunto de prendas que componen la uniformidad básica descritas para los Cuerpos de la Policía Local.
El uniforme básico en la modalidad de invierno lo integra las siguientes prendas:
1. Personal masculino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga.
Corbata.
Calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los
grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria.
2. Personal femenino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón y falda pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga
Corbata.
Medias-panty y calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los
grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria
Artículo 9. Modalidad de verano.
El uniforme básico en la modalidad de verano comprende las mismas prendas que la uniformidad de invierno, excepto:
Guerrera, cazadora, jersey o suéter polar, medias y corbata. La camisa de manga larga se sustituirá por la de manga corta, el polo de manga larga por el de manga corta, el pantalón o falda pantalón de invierno por el de verano y el chaquetón por el peto reflectante
Para el personal vigilante municipal queda suprimido el uso de la placa
El personal vigilante municipal llevará hombreras de color verde. La persona que ostente la jefatura de la unidad de Vigilantes Municipales llevará en las hombreras un galón color plata. Las hombreras podrán incorporar el emblema o escudo municipal correspondiente.
Para ver Decreto completo aquí esta el link: http://www.sip-ma.es/descargas/novedades/2007/novedades06.pdf

AnToNio.F- Administrador

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Fecha de inscripción: 13/09/2008

Re: DECRETO 250/2007, de 25 de septiembre, por el que se establece la uniformidad de las Policías Locales y los Vigilantes Municipales de Andalucía
hola alguien me puede informar cual es le complelnto de destino de los vigilantes municipales de castilla y leon
jose- Novato

- Cantidad de envíos: 1
Fecha de inscripción: 20/01/2009
respecto al uniforme
Esta bien descrito el vestuario que debe de portar los Vigilante Municipales.
Para ser Vigilante Municipal tiene que haber adquirido la plaza por oposición libre y ser funcionario.
Existen Vigilantes, que les denominan Vigilantes Municipales, cuando realmente no lo son. Son personal contratado o labores fijos, y no por se fijos son Vigilantes Municipales. Esto ocurre por ejemplo en Jerez de la Frontera, Cádiz.
El gran problema es que los Ayuntamientos, los visten y les atribuyen tareas que no les corresponden, pero eso........es otro tema. Cuidado con los Jueces.... en caso de ser denunciados por cualquier intervención, por realizar tareas que nos os compete.
Para ser Vigilante Municipal tiene que haber adquirido la plaza por oposición libre y ser funcionario.
Existen Vigilantes, que les denominan Vigilantes Municipales, cuando realmente no lo son. Son personal contratado o labores fijos, y no por se fijos son Vigilantes Municipales. Esto ocurre por ejemplo en Jerez de la Frontera, Cádiz.
El gran problema es que los Ayuntamientos, los visten y les atribuyen tareas que no les corresponden, pero eso........es otro tema. Cuidado con los Jueces.... en caso de ser denunciados por cualquier intervención, por realizar tareas que nos os compete.
goloso191- Novato

- Cantidad de envíos: 18
Fecha de inscripción: 30/03/2009
Re: DECRETO 250/2007, de 25 de septiembre, por el que se establece la uniformidad de las Policías Locales y los Vigilantes Municipales de Andalucía
Amigo Antonio F. como tu bien detallas "Se establece como uniformidad del personal Vigilante Municipal, incluyendo al que se encuentre en situación a extinguir, el conjunto de prendas que componen la uniformidad básica descritas para los Cuerpos de la Policía Local", pero creo que no podemos llevar en nuestro vestuario inscrita la leyenda "policia local" ya que esto podría inducir a confusiones y malentendidos entre la población.
ortega- Novato

- Cantidad de envíos: 6
Fecha de inscripción: 07/11/2009
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